Ghosting es un termino que define la situación dada cuando no se responde una llamada o mensaje. En el ámbito de los recursos humanos digamos que define el clásico “ya te llamaremos”. Hasta hace poco las estadísticas señalaban que el 75% de los candidatos encuestados incluidos en un proceso de selección no llegaron a saber nada más de la empresa. Hoy en día las tornas han cambiado y es el 77% de los candidatos contactados para un posible puesto quienes han dejado sin contestar a las ofertas de los reclutadores. Lo más habitual es que los candidatos, tras el contacto por parte del equipo de recursos humanos o la entrevista no contesten más o incluso una vez contratados no se presentaron el primer día de trabajo.
Parece ser que todo viene de la llamada «La Gran Renuncia»; La Gran renuncia es una expresión para definir el fenómeno actual en EEUU en el que muchos de los empleados quieren y están cambiando de trabajo a unos ritmos no vistos desde hace años tras lo vivido durante la pandemia de la Covid-19. El Ghosting está estrechamente relacionado con este fenómeno en el que personas en todo el planeta están perdiendo el miedo a quedarse temporalmente sin trabajo, aumentando las dimisiones y provocando que dejen de contestar a una empresa si consideran que la oferta no es todo lo satisfactoria que esperaban.
Es el momento en el que los trabajadores deciden, la Gran Renuncia ha calado tanto que el 84% de los candidatos y empleados encuestados aseguraron que están abiertos a cambiar de trabajo a los seis meses de ser contratados.
En lo referente al hecho de que una empresa no conteste a un candidatos que envía su cv a una oferta publicada, debo decir que la Agencia Española de Protección de Datos ya multó a una compañía con 2000€ por no responder a un candidato. La ley dice que la empresa debe responder con un mensaje informativo en el que aclare el tratamiento que va a hacer de los datos personales y la forma en que el afectado puede ejercer sus derechos ante el responsable de tratarlos.